El Tribunal Supremo y la posible usura de las tarjetas revolving

El Tribunal Supremo vuelve a pronunciarse sobre la posible usura de las tarjetas revolving.

Respecto a contratos suscritos entre 1999 y 2009 considera que el interés TAE entre 23-26% no sería usurario.

Resuelve el TS que, como en dicho periodo no había publicación de tipos medios de créditos revolving por parte de Banco de España, habría que comparar el tipo de interés del contrato con el tipo medio de tarjetas recargables o de pago aplazado en lugar de compararlos con cŕeditos al consumo para decidir si es un interés abusivo o no.

Un artículo de Jorge Zuloaga para El Confidencial

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